Abstract
El presente informe jurídico tiene como propósito analizar desde la perspectiva del Derecho Societario, del Derecho Registral y de la Teoría General del Derecho, la Resolución N° 747- 2014-SUNARP-TR-L en la cual el Tribunal Registral en Mayoría resolvió que era lícito pactar en las sociedades anónimas ordinarias la figura de la exclusión de accionistas. Lo característico de dicha figura es que se encuentra regulada en el capítulo referido a las sociedades anónimas cerradas y las sociedades de tipo personalista en nuestra Ley General de Sociedades. Estableciéndose que la única excepción para su aplicación en las sociedades anónimas ordinarias y abiertas es en el supuesto del accionista que incumple con el pago de sus aportes.